| Denominación del estudio | Comuna |
|---|---|
| Plan verde de la ciudad de Tetuán | Tetuán |
| Carta arquitectónica y paisajística de la ciudad de Oued Laou | Oued Laou |
| Denominación del estudio | Comuna |
|---|---|
| Carta arquitectónica de la Medina de Chefchaouen | Chauen |
| Estrategia paisajística y plan verde de la ciudad de Chefchaouen | Chauen |
| Estudio de aptitud para el urbanismo de la ciudad de Chauen | Chauen |
| Denominación del estudio | Comuna |
|---|---|
| Carta arquitectónica y paisajística de las ciudades de M'diq y Fnideq | M’diq-Fnideq |
| Estudios arquitectónicos de los barrios Zaouia y Bouzeghlal en M'diq y el penetrante de la autopista de Fnideq. | M’diq-Fnideq |
El plan director de ordenación urbana se aplica a un territorio cuyo desarrollo debe ser objeto de un estudio global debido a la interdependencia en los planos económico, comercial y social de los diferentes componentes de este territorio.
El plan director de ordenación urbana planifica, por un período que no puede exceder los 25 años, la organización general del desarrollo urbano del territorio al que se aplica.
Coordina las acciones de ordenación emprendidas por todas las partes intervinientes, en particular por el Estado, las colectividades locales, los establecimientos públicos y los organismos que se benefician del concurso o de la participación financiera de estas personas jurídicas de derecho público.
El plan director de ordenación urbana tiene por objeto en particular:
| 1. | Determinar las opciones y las elecciones de ordenación que deben regir el desarrollo armonioso económico y social del territorio en cuestión |
|---|---|
| 2. | Determinar las nuevas zonas de urbanización y las fechas a partir de las cuales podrán abrirse a la urbanización |
| 3. | Fijar el destino general de los suelos determinando su ubicación |
| 4. | Determinar los sectores a reestructurar y/o renovar |
| 5. | Definir los principios de saneamiento y los principales puntos de vertido de las aguas residuales y los lugares que deberán servir de depósito para los residuos domésticos |
| 6. | Definir los principios de organización de los transportes |
| 7. | Determinar la programación de las distintas fases de su ejecución y precisar las acciones prioritarias a llevar a cabo, en particular las de carácter técnico, jurídico e institucional. |
El plan de zonificación tiene por objeto permitir a la administración y a las colectividades locales tomar las medidas cautelares necesarias para la preparación del plan de acondicionamiento y para preservar las orientaciones del esquema director de acondicionamiento urbano.
El plan de ordenación se establece:
para la totalidad o parte de uno de los territorios designados en el primer apartado del artículo primero de la
citada Ley n.º 12-90.
No obstante, un plan de ordenación solo podrá establecerse para parte de una agrupación urbana
si dicha agrupación dispone de un esquema director de ordenación urbana;
para la totalidad o parte del territorio de uno o varios municipios rurales, con una vocación
específica como la turística, industrial o minera.
El plan de desarrollo tiene por objeto delimitar en particular:
| 1. | Las zonas reservadas a la vivienda de los agricultores que comportan la instalación de edificios de explotación agrícola |
|---|---|
| 2. | Las zonas reservadas a la vivienda de tipo no agrícola, al comercio, a la artesanía y a la industria |
| 3. | Las zonas en las que está prohibida toda construcción |
| 4. | El trazado de las principales vías de circulación |
| 5. | Los emplazamientos reservados a las plazas públicas, los espacios libres y las plantaciones |
| 6. | Los emplazamientos reservados a los edificios y servicios públicos, así como a las instalaciones de la vida social y, en particular, a los zocos y sus anexos |